SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2012

Fecha: 16-Mar-2012

Fragmento 4

Ponciano Ruiz Quispe, Vocal de la Sala Penal, mediante informe escrito de 12 de enero de 2012, leído en audiencia, cursante a fs. 68, manifestó que, una vez llegó el recurso de apelación, tal cual señala el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en audiencia pública se procedió al análisis de los datos del proceso, los fundamentos expuestos por las partes, los peligros procesales -que aún persisten-, y posteriormente se dictó Resolución confirmando el Auto apelado y determinando la continuidad de la detención preventiva, con los debidos fundamentos fácticos y jurídicos.