AUTO CONSTITUCIONAL 0023/2012-RCA
Fecha: 24-Abr-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El accionante denuncia que pese a tener contrato indefinido con YPFB, fue despedido ilegalmente por supuestas faltas graves, las que no fueron detalladas y menos comprobadas, por lo que acudió ante el Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social; pero la parte patronal no asistió a la audiencia fijada, tampoco respondieron a la conminatoria, atentando así contra sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la presunción de inocencia. Empero, el Tribunal de Garantías declaró improcedente in limine la acción presentada, por no haber agotado las vías de reclamo, debiendo ocurrir previamente a la judicatura laboral. En consecuencia, corresponde que la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 7
- II.2.
- se excluyen de la excepción al principio de subsidiaridad, que se da cuando la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales denunciados, ocasionen perjuicio irremediable e irreparable
- II.3. Análisis del caso concreto