AUTO CONSTITUCIONAL 0280/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0280/2012-CA

Fecha: 09-Abr-2012

I.2. Respuesta a la acción

Notificado con el traslado, el Gerente Distrital a.i. de Tarija del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), por memorial presentado el 24 de febrero de 2012, cursante de fs. 129 a 132 vta., contestó a la presente acción de inconstitucionalidad concreta, con el argumento que la misma no reúne los presupuestos procesales de fondo, ya que la misma no tiene relevancia jurídica en la decisión final del proceso contencioso tributario, por lo que la eventual resolución se sujetará al cumplimiento de otras disposiciones que tengan relación directa con la legalidad de la determinación de la deuda tributaria objeto de discusión del referido proceso y no así con la norma impugnada de inconstitucional.