AUTO CONSTITUCIONAL 0290/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0290/2012-CA

Fecha: 09-Abr-2012

rechazó

Por Resolución 07/2012 de 9 de marzo, cursante de fs. 85 a 88, la Juez de Partido Segunda Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria de la ciudad de La Paz, rechazó la acción de inconstitucionalidad, con los siguientes fundamentos: 1) Si bien, los accionantes precisa la norma impugnada y la lesión de los derechos y garantías constitucionales, mas no establecen el vínculo entre la norma impugnada y la decisión a asumir por la autoridad de la cual dependa la constitucionalidad o inconstitucionalidad del art. 10.II de la Ley 212; y 2) No precisan que el depósito exigido esta fuera de su alcance económico demostrando la imposibilidad de su ejercicio real y efectivo de su derecho, realizando una trascripción de normas sin que exista una argumentación legal, tampoco ha fundamentado la duda razonable de la constitucionalidad del caso concreto.