Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0298/2012-CA
Fecha: 09-Abr-2012
consulta
En consulta la Resolución de 7 de septiembre de 2009, cursante de fs. 1 a 2 vta., pronunciada por el Fiscal de Distrito ahora Departamental de Santa Cruz por la que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad ahora -acción de inconstitucionalidad concreta- interpuesta por Marcelo Delgadillo Montellano, demandando la inconstitucionalidad de los “puntos” 2 y 3 del art. 77 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspectoría General y Régimen Disciplinario de los Miembros del Ministerio Público (ROFIG), por presuntamente vulnerar el art. 116.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- 3.-
- II.5. Análisis del caso concreto
- cuando considere que en un determinado proceso de su conocimiento, una disposición legal aplicable al caso y de cuya validez dependa el fallo, pueda ser contraria a las normas de la Constitución Política del Estado
- APROBAR