Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0300/2012-CA
Fecha: 09-Abr-2012
Fragmento 9
En consecuencia, la Autoridad Sumariante del Gobierno Municipal Autónomo de Sucre, al haber rechazado el referido incidente, ha obrado correctamente, ante el incumplimiento de los requisitos de admisibilidad que resultan ser de inexcusable cumplimiento, corresponde el rechazo de la presente acción de inconstitucionalidad.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- 3.-
- II.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 9
- APROBAR