Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0304/2012-CA
Fecha: 09-Abr-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, dispone: APROBAR, el Auto Supremo 586 de 11 de diciembre de 2009, cursante a fs. 11 y vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia; y, en consecuencia RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Ives Rosales Ríos, Raimundo Candia y Helmuth Gallo.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley No. 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- La fundamentación de la inconstitucionalidad y
- El precepto constitucional que se considera infringido”
- Fragmento 9
- APROBAR