Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0308/2012-CA
Fecha: 09-Abr-2012
Fragmento 6
Conforme lo prevé la norma contenida en el art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad “…procederá en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos…”.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Fragmento 6
- II.3. Alcance del control de constitucionalidad
- La fundamentación de la inconstitucionalidad y
- II.5. Análisis del caso concreto
- fundamentación de la inconstitucionalidad y
- APROBAR