Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0311/2012-CA
Fecha: 09-Abr-2012
consulta
En consulta la Resolución de 22 de febrero de 2010, cursante de fs. 46 a 47, pronunciada por el Juez de Sentencia Sexto en lo Penal de la ciudad de La Paz, por la que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto incidental de inconstitucionalidad ahora -acción de inconstitucionalidad concreta- interpuesto por Magda Esperanza Velásquez Otero contra la frase “…comunicación del tenedor o cualquier otra forma documentada de interpelación…” del art. 204 del Código Penal (CP) por presuntamente vulnerar el art. 21.2 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- I
- II.2. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- La fundamentación de la inconstitucionalidad y
- Fragmento 9
- La omisión de estos requisitos ocasiona en primer término, el rechazo del recurso por la autoridad que conoce la causa principal
- se activa en aquellos casos en los que las disposiciones legales que forman parte del objeto de control presenten signos de incompatibilidad o contradicción directa con la Constitución
- APROBAR