Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0323/2012-CA
Fecha: 09-Abr-2012
I.2. Argumentos jurídicos del recurso
Finaliza señalando que, las resoluciones emitidas por las autoridades recurridas se encuentran viciadas de nulidad al haber omitido el cumplimiento de una norma de orden público, incumpliendo con la remisión al Tribunal Superior en consulta de la sentencia dictada contra el Estado, omisión que de acuerdo a lo establecido por el art. 90.II del CPC, siendo todo acto nulo de pleno derecho y como consecuencia toda determinación se encuentra viciada.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.3. Petición
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Fragmento 7
- a)
- II.4
- RECHAZAR