Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0330/2012-CA
Fecha: 16-Abr-2012
consulta
En consulta la Resolución de 24 de junio de 2009, cursante de fs. 43 a 44, pronunciada por el Juez de Partido y Sentencia de la provincia Manuel María Caballero del departamento de Santa Cruz, por la que rechazó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad -ahora acción de inconstitucionalidad concreta-, interpuesta por Enrique Prado Claros, demandando la inconstitucionalidad del art. 357 del Código de Penal (CP), por presuntamente vulnerar el art. 116 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Requisitos de admisibilidad
- por una sola vez
- II.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR