Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0346/2012-CA
Fecha: 16-Abr-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, resuelve APROBAR la Resolución 172/2010 de 14 de abril, cursante de fs. 58 a 61, pronunciada por Sala Plena de la Corte Nacional Electoral; y, en consecuencia RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por la por Leila Cortez Pérez, Gerente General de la Empresa Estatal de Televisión - BOLIVIA TV.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- aplicable a aquellos procesos
- 3. La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso
- 1)
- al resolver un proceso judicial o administrativo en cualquiera de sus instancias, en la decisión final
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR