Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0349/2012-CA
Fecha: 16-Abr-2012
II.4. Análisis del caso concreto
En el caso de análisis, se consta que el incidentista solicita que se promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, demandando de inconstitucional del arts. 23 del DS 29799; 21, 22, 23 y 24 de la RM 496, indicando que las normas impugnadas no posibilitan a la empresa DHL (BOLIVIA) S.R.L., tener conocimiento sobre qué actuados se estaría procesando por faltas graves, siendo que el art. 23 del DS 29799, establece dos etapas de procedimiento (tramitación y terminación), omitiendo la etapa de iniciación, así dejando en total indefensión a la empresa.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- Fragmento 4
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisitos de admisibilidad
- 3.-
- II.4. Análisis del caso concreto
- no se indica la norma o normas constitucionales infringidas
- asimismo, si no se especifica el precepto constitucional supuestamente infringido, como exige el numeral 2 del mismo artículo, no podrá establecerse si existe o no contradicción entre la norma impugnada y el texto constitucional
- APROBAR