Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0354/2012-CA
Fecha: 16-Abr-2012
consulta
En consulta la Resolución de 10 de junio de 2010, cursante de fs. 7 a 8 vta., pronunciada por el Juez de Sentencia Quinto en lo Penal de la ciudad de Santa Cruz, que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad -ahora acción de inconstitucionalidad concreta-, formulado por Hugo Daza Ochoa, demandando la inconstitucionalidad del art. 271 del Código Penal (CP), por presuntamente vulnerar el art. 117 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley No. 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- 3.-
- II.5. Análisis del caso
- La omisión de estos requisitos ocasiona en primer término, el rechazo del recurso por la autoridad que conoce la causa principal
- se activa en aquellos casos en los que las disposiciones legales que forman parte del objeto de control presenten signos de incompatibilidad o contradicción directa con la Constitución
- Fragmento 12
- APROBAR