AUTO CONSTITUCIONAL 0377/2012-CA
Fecha: 16-Abr-2012
consulta
En consulta la Resolución 220 de 9 de julio de 2010, cursante de fs. 28 a 31, pronunciada por el Gerente Distrital a.i. de La Paz, del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), por la que, rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad ahora -acción de inconstitucionalidad concreta-, formulada por María de los Ángeles Baudoin Teran en representación de RODRIGUEZ BAUDOIN COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA S.R.L., demandando la inconstitucionalidad del art. 11 de la Resolución Normativa de Directorio 10-0037-07 de 14 de diciembre de 2007, por considerar que contraviene lo expresado en el art. 156 de la Ley 2492 de 2 de agosto de 2003 y por presuntamente vulnerar los arts. 109.II; 116.II; 232; 306.III; 311.I y II.5; 323.I y II; y 410.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Naturaleza jurídica del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- II.5. De los requisitos de contenido
- II.6. Análisis del caso concreto
- APROBAR