AUTO CONSTITUCIONAL 0380/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0380/2012-CA

Fecha: 16-Abr-2012

I.2. Respuesta a la acción

Se corrió en traslado por providencia de 5 de julio de 2010, cursante de fs. 119; es así que, respondió Mónica Jacqueline Choque, en representación legal de Martha Luz Corrales, por memorial presentado el 9 de julio de 2010, de (fs. 121 y vta.), manifestando que a la recurrente no se le está privando del derecho a un habitad o vivienda adecuada, establecido en los arts. 19 y 56 de la CPE, ni a la propiedad privada, porque tiene derecho a obtener una vivienda propia, siempre que ello no signifique apropiarse en forma indebida o ilegal de la propiedad ajena, por lo que pide se rechace el incidente interpuesta por ser infundado.