AUTO CONSTITUCIONAL 0386/2012-CA
Fecha: 20-Abr-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Por memorial presentado el 12 de febrero de 2009, cursante de fs. 123 a 125, el incidentista, dentro del proceso disciplinario seguido en su contra interpuso ante el Consejo de la Judicatura, recurso indirecto de inconstitucionalidad -ahora acción de inconstitucionalidad concreta-, manifestando que el Consejo de la Judicatura, con un Acuerdo de Sala Plena determinó crear un Reglamento de Procesos Disciplinarios contraviniendo la Ley del Consejo de la Judicatura -hoy abrogada-, pretendiendo ampliar el término máximo de la duración de la investigación previa, convirtiendo al órgano administrativo y disciplinario del poder judicial en juez y parte; además, de crear otras categorías de faltas disciplinarias no previstas en la mencionada Ley.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1.
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- 3.-
- Fragmento 10
- La omisión de estos requisitos ocasiona en primer término, el rechazo del recurso por la autoridad que conoce la causa principal
- se activa en aquellos casos en los que las disposiciones legales que forman parte del objeto de control presenten signos de incompatibilidad o contradicción directa con la Constitución
- APROBAR