AUTO CONSTITUCIONAL 0407/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0407/2012-CA

Fecha: 20-Abr-2012

II.4.  Análisis del caso presente

El incidentista interpuso recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra los arts. 4 y 11 del Reglamento de Procesos Administrativos Internos, por ser presuntamente contrarios a los arts. 115.II, 120.I, 109.I, 116, 122 y 410.I y II, de la CPE los que, versan sobre la designación del sumariante, facultades y procedimiento, y las formas de resolución a emitirse por la MAE, aclarando que este trámite no es objeto de recurso ulterior en la vía administrativa, normas procesales que carecen de relevancia y aplicación en la decisión final del proceso, mas aun cuando el propio incidentista informa que las normas impugnadas carecen de vigencia por la existencia de nueva normativa referente al mismo contenido disciplinario como la Resolución del HCU 032/2002