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    AUTO CONSTITUCIONAL 0449/2012-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0449/2012-CA

    Fecha: 20-Abr-2012

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    • I.1. Antecedentes
    • I.2. Argumentos jurídicos del recurso
    • Fragmento 3
    • a efecto de determinar la admisión o rechazo y en su caso la subsanación de los defectos formales de la acción o recurso,
    • Fragmento 5
    • a)
    • no procede contra toda actuación incompetente, ya que sólo está reservado para aquellos casos en los que la parte afectada no tiene medio alguno instrumentado para oponerse o reclamar una actuación incompetente,
    • Fragmento 8
    • cuando las partes interesadas, en un procedimiento administrativo o en un proceso judicial, consideren que la autoridad actuó sin competencia, deben cuestionar tal falencia por las vías que los respectivos procedimientos les otorgan, y sólo cuando no exista ninguna, podrán ocurrir ante la jurisdicción constitucional, pues aceptar cuestiones de competencia acaecidos durante el desarrollo de procedimientos administrativos o procesos judiciales no condice con la naturaleza del recurso directo de nulidad
    • En conclusión, cuando en procesos judiciales de cualquier materia la parte demandada considere que el juez actuó sin competencia, tiene a su alcance las excepciones de incompetencia previstas en los distintos códigos procesales;
    • II.4. Análisis del caso concreto
    • RECHAZAR

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