AUTO CONSTITUCIONAL 0452/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0452/2012-CA

Fecha: 27-Abr-2012

y la relevancia que          tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso”

         A su vez el art. 61 de la LTC referido a la oportunidad de solicitar se promueva este recurso, establece que el mismo podrá ser presentado por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de la sentencia.