Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0458/2012-CA
Fecha: 27-Abr-2012
REVOCAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de 13 febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, resuelve REVOCAR la RM 024/2011 de 12 de abril, cursante de fs. 17 a 20, pronunciada por el Concejo Municipal de Porongo de la segunda sección del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia, RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, interpuesto por Julio Cesar Carillo Melgar.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- admitió
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Requisitos de admisibilidad y atribución de la Comisión de Admisión
- II.5. De la suspensión y destitución de autoridades municipales
- la determinación de suspender temporalmente a un Concejal
- proceso administrativo
- REVOCAR