AUTO CONSTITUCIONAL 0463/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0463/2012-CA

Fecha: 27-Abr-2012

El precepto constitucional que se considera infringido

Por lo expuesto y de los argumentos manifestados en el memorial del recurso, se establece que fue interpuesto sin observar el requisito de procedencia contenido en el art. 60.2 de la LTC, referente a que el recurso deberá contenerEl precepto constitucional que se considera infringido”, presupuesto jurídico que el recurrente no advirtió al no haber identificado las normas constitucionales consideradas vulneradas, contrastando las Resoluciones demandadas de inconstitucional, que constituye en un problema de legalidad y no de constitucionalidad, que debe ser resuelto por las vías pertinentes (las negrillas son ilustrativas).