AUTO CONSTITUCIONAL 0463/2012-CA
Fecha: 27-Abr-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
El recurrente, por memorial presentado el 4 de mayo de 2011, cursante de fs. 41 a 43, solicita se promueva el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad hoy -acción de inconstitucionalidad concreta-, dentro del Proceso Administrativo ante la Agencia Nacional de Hidrocarburos y Energía, manifestando, que en el proceso tramitado en su contra, se emitió la RRAA 1415/2010 de 13 de diciembre y la de 24 de enero de 2011, aplicándose el Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Sectorial (SIRESE), ordenando la última “Resolución Administrativa la ejecución de la primera”, en el que se determinó la obligación de cumplir con la sanción pecuniaria impuesta en su contra.
Mediante el Decreto Supremo 29894 de 7 de febrero de 2009, se estableció la nueva estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, disponiendo la extinción de las “Superintendencias Sectoriales del SIRESE y la Superintendencia de Hidrocarburos y Energía, de tal manera que la aplicación del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo para la citada superintendencia que fue abrogado, en el proceso administrativo contra del recurrente, vicia de nulidad el proceso por emitirse actos de la naturaleza de la materia, cuando ya no tenía competencia, por encontrarse además un recurso jerárquico interpuesto ante el Ministerio de Hidrocarburos y Energía debiendo aplicarse las normas del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo aprobado mediante Decreto Supremo (DS) 27113, violentado de esta manera el principio de seguridad jurídica, derechos y garantías constitucionales, así como el art. 4 de la Ley 2341 de Procedimiento Administrativo”.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisitos de admisibilidad
- 3.
- 1)
- Fragmento 9
- II.4. Análisis del caso concreto
- El precepto constitucional que se considera infringido
- asimismo, si no se especifica el precepto constitucional supuestamente infringido
- APROBAR