Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0475/2012-CA
Fecha: 27-Abr-2012
3º
3º Disponer por intermedio del Juez consultante, se oficie al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados del Distrito Judicial de La Paz, sobre la actuación de la abogada que intervino en la interposición del presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, a objeto de que se determine lo que corresponda.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- resolución no judicial
- 1)
- II.4. Análisis del caso concreto
- 3º