Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0478/2012-CA
Fecha: 27-Abr-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de 13 febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, resuelve APROBAR la Resolución Administrativa 29-00001-11 de 11 de agosto de 2011, cursante de fs. 35 a 39, pronunciada por la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego -AJ; y, en consecuencia RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, interpuesta por Juan Miguel Zambrana en representación legal de Juegos y Centros de Entretenimiento BAHITI S.A.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisitos de admisibilidad
- por una sola vez
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR