AUTO CONSTITUCIONAL 0479/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0479/2012-CA

Fecha: 27-Abr-2012

Fragmento 9

De los antecedentes presentados se evidencia que dentro del presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, el recurrente no identifica claramente la norma impugnada, menos los preceptos constitucionales que considera transgredidos; es decir, no realiza la fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrán las normas legales impugnadas en la decisión del proceso, incumpliendo manifiestamente lo determinado por el art. 60.3 de la LTC, que establece los requisitos de contenido del recurso, constituyéndose éste como un elemento esencial para su admisión, pues la omisión de esta exigencia ocasiona en primer término su rechazo.