Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0491/2012-CA
Fecha: 27-Abr-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 4.I de la Ley 003 de febrero de 2010, modificado por el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre del mismo año, resuelve APROBAR, la Resolución 11-00037-11 de 9 de noviembre de 2011, cursante de fs. 93 a 95, pronunciada por el Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego-AJ; y, en consecuencia RECHAZAR el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por José Evandro Padua Vilela Neto en representación de la Sociedad Anónima “CORHAT BOLIVIA S.A.”.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- La fundamentación de la inconstitucionalidad y
- II.5. Análisis del caso
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- APROBAR