AUTO CONSTITUCIONAL 0500/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0500/2012-CA

Fecha: 27-Abr-2012

Fragmento 10

          El recurso deberá estar debidamente fundamentado conforme lo expresa la SC 003/2003 de 15 de enero: “…no se cumple con los requisitos establecidos en el citado art.60 LTC, haciendo que el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad carezca en absoluto de contenido jurídico constitucional que justifique una decisión sobre el fondo(las negrillas nos pertenecen).