AUTO CONSTITUCIONAL 0507/2012-CA
Fecha: 27-Abr-2012
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
El memorial de referencia manifiesta que la tramitación y resolución de los recursos de revocatoria y jerárquico en los proceso internos administrativos, se efectúan ante autoridades administrativas de la misma institución, con vínculo de dependencia directa, por lo que en aplicación al art. 61 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), presenta el recurso de inconstitucionalidad, aclarando que la norma impugnada vulnera el derecho a la seguridad jurídica, juez natural imparcial y al debido proceso, consagrados en la Constitución Política del Estado; considerando que el hecho de concentrar el proceso interno y sus mecanismos de impugnación, en un circulo administrativo controlado por una misma persona y autoridad, que a la vez designa al sumariante, y que también solicita el inicio del proceso sumario interno, siendo a la vez la última instancia que resuelve el recurso jerárquico; por lo que no existen las garantías mínimas de un resultado imparcial, ni de un justo proceso porque se vulnerando el principio de imparcialidad, ecuanimidad y equidad que deben regir en todo proceso.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisitos de admisibilidad
- a)
- Fragmento 7
- legal aplicable al caso y de cuya validez dependa el fallo
- APROBAR,