AUTO CONSTITUCIONAL 0519/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0519/2012-CA

Fecha: 27-Abr-2012

podrá ser presentado por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo,

       En cuanto a la oportunidad de solicitar se promueva este recurso, el art. 61 de la misma norma, establece que el mismo podrá ser presentado por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de la sentencia.