AUTO CONSTITUCIONAL 0523/2012-CA
Fecha: 27-Abr-2012
rechazó,
La Ministra de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por Resolución de 8 de julio de 2010, cursante de fs. 9, rechazó, el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, por encontrarlo manifiestamente infundado, argumentando que con la emisión de la Resolución Ministerial 447/2010 de 11 de junio, emitida como efecto del recurso jerárquico planteado por la recurrente, con la que fue notificada, agotó la vía administrativa conforme lo señalado por el art. 69 de la Ley de Procedimiento Administrativo; consiguientemente, dicha resolución tiene la calidad definitiva y de cosa juzgada en sede administrativa y fue notificada a la recurrente el 23 de junio del mismo año; es decir, con carácter previo a la interposición del incidente de inconstitucionalidad.
Sin embargo, el recurrente interpuso el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad recién el 1 de julio de 2010, cuando el proceso interno seguido en su contra se encontraba concluido; es decir, no existía una resolución administrativa o judicial pendiente por resolver, por no existir ninguna otra instancia contra la resolución del recurso jerárquico 447/2010 de 11 de junio, es así que la autoridad consultante determinó el rechazó del incidente por no haber observado el contenido normativo del art. 59 de la LTC, siendo que obró correctamente.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó,
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisitos de procedencia y contenido del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- antes de la ejecutoria de la sentencia
- a)
- d) La presentación del incidente hasta antes de la ejecutoria de la sentencia por una sola vez
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR