SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2012

Fecha: 05-Abr-2012

III.2. Amparo excepcional ante un perjuicio irremediable o irreparable

En la SC 0119/2003-R de 28 de enero, recordando la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y su carácter subsidiario, se estableció que a pesar de la existencia de otros medios o recursos legales, procederá esta vía tutelar cuando exista el peligro de que los efectos de las decisiones impugnadas sean irremediables e irreparables, indicando que: “…la restricción o supresión de los derechos o garantías constitucionales ocasione un perjuicio irremediable o irreparable, en cuyo caso, de manera excepcional, se activa el Amparo Constitucional para otorgar una tutela efectiva e inmediata que evite la consecuencia irremediable.