Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0045/2012-RCA
Fecha: 15-May-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El accionante solicitó tutela de sus derechos a la vivienda, al debido proceso, propiedad privada, a la “seguridad jurídica” e igualdad de oportunidades para ejercer dentro del juicio, contenidos en los arts. 19, 56, 115, 118, 119 y 120 de la CPE; sin embargo, al haber sido declarado improcedente in limine por el Tribunal de garantía, corresponde, que la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- II.2. Causales de improcedencia de la acción amparo constitucional
- improcedencia
- en motivos de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna
- evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- APROBAR