AUTO CONSTITUCIONAL 0056/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0056/2012-RCA

Fecha: 21-May-2012

II.3. Análisis del caso

        Al respecto, es menester señalar que a través de la SC 1983/2011-R de 7 de diciembre, se ha manifestado que ante la inobservancia del procedimiento establecido en el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad el recurrente puede acudir en queja ante el Tribunal Constitucional, señalando lo siguiente: “…cabe aclarar que, el accionante puede acudir en queja ante el Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, a efectos de que se pronuncie como corresponda y no invocar directamente la tutela constitucional dentro de otra acción de naturaleza también constitucional”.

        Así tomando en cuenta la naturaleza y fines de la acción de amparo constitucional y la de inconstitucionalidad concreta no pueden ser activadas simultáneamente, pues ante el incumplimiento del procedimiento dentro de la acción de inconstitucionalidad concreta el accionante puede acudir ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.