AUTO CONSTITUCIONAL 0056/2012-RCA
Fecha: 21-May-2012
II.3. Inviabilidad de la acción de amparo constitucional dentro de una acción de inconstitucionalidad concreta
Por lo que tomando en cuenta que el amparo constitucional tiene por objeto la protección inmediata y eficaz de los derechos fundamentales o garantías constitucionales restituyéndolos en los casos en los que sean amenazados, suprimidos o restringidos por actos u omisiones ilegales o indebidos, de manera que su alcance es amplio, pues tutela todos los derechos fundamentales y constitucionales, excepto los derechos que puedan ser protegidos mediante otras acciones tutelares y que la acción de inconstitucionalidad concreta garantiza la vigencia y supremacía plena de la Constitución Política del Estado no puede activarse dentro de una acción de inconstitucionalidad concreta una acción de amparo constitucional, por la naturaleza, fines y procedimiento que cada una tiene.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 9
- II.3. Inviabilidad de la acción de amparo constitucional dentro de una acción de inconstitucionalidad concreta
- Fragmento 11
- II.3. Análisis del caso
- APROBAR