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    AUTO CONSTITUCIONAL 0057/2012-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0057/2012-RCA

    Fecha: 21-May-2012

    II.3.  Causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional

    El art. 73 de la LTCP, señala que la acción de amparo constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías reconocidos por la Constitución Política del Estado y la ley.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • improcedente in limine
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Fragmento 5
    • II.2.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • II.3.  Causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional
    • no procede
    • II.4. Sobre la subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
    • 1)
    • II.5.
    • APROBAR

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