Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0059/2012-RCA
Fecha: 23-May-2012
Fragmento 2
Por memorial presentado el 18 de mayo de 2012, cursante a fs. 2 a 5, la accionante, interpuso acción de amparo constitucional, manifestando que con la intención de ayudar al sostenimiento de su familia prestó servicios por dos años en la Financiera NFN de la ciudad de Trinidad, habiendo renunciado por motivos de cambio de domicilio familiar a la ciudad de Santa Cruz. Manifiesta que los propietarios de la Financiera NFN volvieron a invitarla para que preste sus servicios en la localidad de Guayaramerin, brindándole además otras ventajas, por lo que aceptó esa oferta laboral.
- revisión
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- II.2. Requisitos de admisión de la acción de amparo constitucional
- II.3. Causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional.
- Fragmento 9
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR