Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2012-RCA
Fecha: 30-May-2012
procederé
Al respecto en la SC 0505/2005-R, de 10 de mayo, ya se precisó que el término proceder “…viene de la voz latina procederé que significa, obtenerse, nacer u originarse una cosa de otra, física o moralmente”; término que en el campo jurídico conserva el mismo significado, dado que significa: 'iniciar o proseguir una causa; instruir un sumario…ajustarse a derecho o razón” (Diccionario de Derecho Usual de Guillermo Cabanellas)”.(las negrillas son agregadas).
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- IMPROCEDENTE IN LIMINE
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- II.2. Causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional.
- procederé
- improcedencia
- en razones de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna,
- evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos
- Fragmento 11
- II.3. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por caducidad
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR