Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0542/2012-CA
Fecha: 08-May-2012
I.2. Respuesta a la acción.
Se corrió en traslado en audiencia de continuación del juicio oral, cursante a fs. 42. vta., a la parte querellante Rosa Luz Ribera Moscoso, quien contestó que, se planteó sin los requisitos mínimos de admisibilidad, contenidos en el art. 41 incs.b) y e) del Reglamento de Procedimientos Constitucionales, como es el acompañar el texto original de la ley que se impugna de inconstitucional, sea Gaceta Judicial de la publicación del Código de Procedimiento Penal que contiene el art. 26, por consiguiente pide se rechace el recurso.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción.
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- aplicable a aquellos procesos.
- 3.
- i)
- al resolver un proceso judicial o administrativo en cualquiera de sus instancias, en la decisión final
- Fragmento 11
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR