AUTO CONSTITUCIONAL 0542/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0542/2012-CA

Fecha: 08-May-2012

rechazó

Por Resolución 57/2010 de 10 de marzo, pronunciada por el Juez de Sentencia Cuarto de la ciudad de Santa Cruz, que rechazó el recurso de inconstitucionalidad, toda vez que: a) Las SSCC 1291/2004-R, 0615/2005-R y 1954/2004-R, señalan en su ratio decidendi que no existe ninguna limitación para proceder a la conversión de la acción pública en privada, sin que esto signifique que el art. 26 del CPP, puede ser aplicado en todos los casos sino bajo determinadas condiciones, justificando doctrinalmente este instituto bajo el principio de acceso a la jurisdicción a objeto de que se de la oportunidad de ser escuchado a quien se considere víctima y demuestre en juicio oral público con pruebas, bajo el principio de contradicción, la responsabilidad del imputado; y b) No se dio cumplimiento al requisito de adjuntar el texto oficial de la norma o de la ley cuestionada de inconstitucional al momento de presentar el recurso de inconstitucionalidad, de igual modo el proceso en el que se interpuso el recurso de inconstitucionalidad ya fue considerada y resuelta por el Juez de Instrucción en lo Penal, que tenía el control jurisdiccional de esta causa, autorizando la conversión de acciones de pública a privada, no existiendo resolución pendiente a la que deba aplicar la norma cuya inconstitucionalidad impugnaba el recurrente.