Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0552/2012-CA
Fecha: 08-May-2012
rechazado
Por consiguiente, por incumplimiento de los requisitos exigidos por el art. 60.3 de la LTC, el presente recurso de inconstitucionalidad carece de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión en el fondo; por lo que la autoridad judicial al haber rechazado, obró fielmente de acuerdo a las normas legales de la Ley del Tribunal Constitucional.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Alcances del control de constitucionalidad
- Fragmento 8
- se activa en aquellos casos en los que las disposiciones legales que forman parte del objeto de control presenten signos de incompatibilidad o contradicción directa con la Constitución
- rechazado
- APROBAR