AUTO CONSTITUCIONAL 0561/2012-CA
Fecha: 11-May-2012
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En el caso de autos, compulsados los antecedentes aparejados al expediente, se ha verificado que en el presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad el recurrente cumplió con los requisitos y condiciones para su admisibilidad y procedencia; por cuanto: 1) Interpuso el incidente dentro del proceso administrativo de apertura de autorización de funcionamiento de dos establecimientos de salud, originado a consecuencia de la RA 03/2011, que resuelve suspender todo trámite de habilitación de centros de salud privados; 2) En cuanto a la oportunidad, el incidentista argumenta que en aplicación del art. 61 de la LTC, y considerando que debe ser presentada en proceso administrativo aun en recurso jerárquico hasta antes de la ejecutoria de la sentencia, la autoridad administrativa imprimirá un trámite sumarísimo, que se constituye lesiva a los intereses de los administrados impidiendo que los establecimientos de salud privados cuenten con la resolución de apertura y autorización de funcionamiento y/o renovación; 3) Identificó con claridad el precepto legal cuestionado (RA 03/2011 de 2 de febrero), así como las normas constitucionales que se consideran infringidas, expresando además su vinculación con el derecho o derechos que estima lesionados; y, 4) Expresó la duda razonable sobre la inconstitucionalidad del precepto legal que impugna, haciendo referencia a la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la misma y la decisión que se adoptará al momento de resolverse el proceso administrativo, por lo que el incidente de inconstitucionalidad formulado cumple con las condiciones de admisibilidad.
Finalmente, cabe referir que la justicia constitucional debe ser amplia y procurar por todos los medios, el acceso de todos los ciudadanos a la jurisdicción constitucional evitando filtros innecesarios y formalismos, que dificulten y obstruyan ejercer el resguardo eficaz de los principios, valores y derechos proclamados en la Constitución Política del Estado.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Alcances del control de constitucionalidad
- II.4. Requisitos de admisibilidad
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