AUTO CONSTITUCIONAL 0571/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0571/2012-CA

Fecha: 18-May-2012

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

El recurrente hoy -accionante-, dentro del proceso administrativo seguido en su contra por faltas en el ejercicio de sus funciones, interpone recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad por memorial presentado el 17 de febrero de 2010, cursante de fs. 262 a 265 vta., cuestionando la constitucionalidad de los arts. 8 inc. g) y 9 inc. c) y d) del EFP y art. 148 incs. c) y e) del Reglamento de Personal de la Aduana Nacional de Bolivia.

Afirma que, la autoridad jerárquica al emitir la Resolución Ministerial (RM) 069/10 de 3 de febrero de 2010, por la que no se admitió su recurso jerárquico, con el argumento de haber sido presentado fuera de término su recurso de revocatoria, la autoridad jerárquica vulneró “su derecho constitucional a que se le aplique leyes más benignas, como lo es el respetar su derecho de petición”.

Por último asevera que, las normas jurídicas impugnadas, constituyen una tipificación arbitraria para los funcionarios y servidores públicos que no utilizan algunos bienes por encontrarse en custodia de terceros, correspondiendo por tal motivo se procese a los custodios de los bienes ya sea por no cuidar o conservar los bienes a su cargo.