Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0571/2012-CA
Fecha: 18-May-2012
II.4. Análisis del caso concreto
En el caso que nos ocupa, el incidentista, dentro del proceso administrativo seguido en su contra, por incumplimiento de deberes y uso indebido de bienes del Estado, demanda la inconstitucionalidad de los 8 inc. g) y 9 inc. c) y d) del Estatuto del Funcionario Público (EFP) y 148 incs. c) y e) del Reglamento de Personal de la Aduana Nacional de Bolivia, por considerar que dichas normas establecen una tipificación arbitraria para los funcionarios servidores públicos que no utilizan algunos bienes por encontrarse los mismos en custodia de terceros, quienes en todo caso serían los directos responsables para ser procesados por no cuidar, conservar o utilizar correctamente los bienes que conservan.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos.
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR