Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0575/2012-CA
Fecha: 24-May-2012
I.2. Argumentos jurídicos del recurso
Alega que las Resoluciones emitidas tanto por el Juez de primera instancia como el Tribunal de apelación, han interpretado de forma errónea la normativa vigente en el país, en especial de lo dispuesto por la Ley 1178 de 20 de julio de 1991, que permite la suscripción de contratos administrativos, aplicando en forma indebida la Ley General del Trabajo, que en su art. 1, expresamente excluye de su ámbito de aplicación a los funcionarios públicos y a los consultores de línea, situación en la cual han desarrollado sus actividades los demandantes. Las resoluciones impugnadas, se limitaron a aplicar las normas de materia laboral, siendo que los demandantes prestaron servicios de consultoría.
- recurso directo de nulidad
- I.1. Antecedentes
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.3. Petitorio
- Fragmento 5
- a efecto de determinar la admisión o rechazo y en su caso la subsanación de los defectos formales de la acción o recurso,
- II.2. El recurso directo de nulidad no opera como mecanismo de protección paralelo a los medios de defensa ordinarios
- Fragmento 8
- II.3. De los requisitos de admisibilidad
- RECHAZAR