SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0186/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0186/2012

Fecha: 18-May-2012

III.5.  Análisis del caso concreto

           De la revisión de los antecedentes, se tiene que el 21 de marzo de 2012, la accionante fue interceptada por un grupo de personas cuando ella y sus acompañantes se disponían a ir a un restaurante a almorzar; dichas personas, le increparon el hecho que tenía antecedentes y arresto domiciliario, por lo que fue conducida a la FELCC, sin importarles el hecho que se encontraba en estado de gestación de seis meses, por lo que considera que es objeto de una persecución indebida.

           De la revisión del informe de acción directa de fs. 10, los funcionarios intervinientes, señalan que procedieron al arresto de la accionante y sus acompañantes por denuncia de los comerciantes y transeúntes, ya que supuestamente los arrestados tenían la intención de delinquir; una vez, puestos a conocimiento del Ministerio Público, el Fiscal de Materia asignado al caso imputó formalmente el 22 de marzo de 2012, por el delito de robo agravado en grado de tentativa, solicitando la aplicación de medidas sustitutivas a su detención preventiva, sin considerar su estado de gestación, radicando la causa en el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal de El Alto, donde se programó audiencia de medidas cautelares, para las 17: 00 horas del mismo día.

           De la revisión del memorial de acción de libertad, se constata que éste fue presentado el 22 del mismo mes y año, el mismo día de la audiencia de medidas cautelares, siendo que el Juzgado anteriormente señalado, era el encargado de definir su situación jurídica, y subsanar cualquier vulneración que hubiese sufrido la accionante previa denuncia, lo que implica un desconocimiento del carácter subsidiario de esta acción, mismo que se tiene desarrollado en los Fundamentos Jurídicos III.2 y III.4 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional , dichos aspectos, impiden a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.