SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2012

Fecha: 24-May-2012

III.3.   Análisis del caso

En el caso que se analiza, la empresa accionante pretende la nulidad de los Autos de 30 de septiembre y 15 de octubre de 2009, emitidos por el Juez demandado, por cuanto considera que fueron ilegal e indebidamente pronunciados porque no se les dio el tratamiento legal que corresponde al no haberse corrido traslado a su parte con el incidente que el procesado opuso, a más de haberse anulado la notificación al mismo tiempo con la Sentencia y Auto de Explicación, Complementación y Enmienda; y no obstante que se ordenó el traslado del incidente que su parte promovió, el Juez demandado lo rechazó argumentando que la notificación no fue practicada en presencia de un testigo idóneo y no llevó la firma de dicho testigo; sin tomar en cuenta que esa notificación cumplió su finalidad como señala la SC 0705/2007-R, vinculatoria al caso de autos.

El Tribunal Constitucional Plurinacional, razona de acuerdo a la jurisprudencia precedentemente transcrita sobre la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional, concretamente la subregla 1. b) de la SC 1337/2003-R que se transcribió en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo y aplica la línea jurisprudencial constitucional instituida por la SC 1008/2010-R, de 23 de agosto, también precedentemente transcrita en su parte pertinente aplicable a la presente acción de amparo constitucional.