Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2012
Fecha: 24-May-2012
APROBAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución de 8 de marzo de 2012, cursante de fs. 22 vta. a 25, dictada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Santa Cruz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, sin ordenar la libertad y disponiendo que el Juez Noveno de Instrucción en lo Penal, señale audiencia de cesación a la detención preventiva en un plazo no mayor a tres días.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- concede
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. El principio de celeridad en audiencias de cesación a la detención preventiva
- tres días hábiles como máximo
- III.3.
- supuestos de demora en la celebración de la audiencia de medidas cautelares
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR