Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2012
Fecha: 24-May-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan por su representado, la vulneración de su derecho a la libertad personal, disponiendo se lleve a cabo la audiencia para considerar la cesación a su detención preventiva, en un término de 72 horas. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- concede
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. El principio de celeridad en audiencias de cesación a la detención preventiva
- tres días hábiles como máximo
- III.3.
- supuestos de demora en la celebración de la audiencia de medidas cautelares
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR