SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0239/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0239/2012

Fecha: 24-May-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción.

A partir del año 1999, el predio rustico denominado “29 de junio”, ubicado en el cantón El Puente, provincia Guarayos, del departamento de Santa Cruz, se encuentra registrado en Derechos Reales (DD.RR.), a su nombre, en el cual, habitan diez personas que realizan las actividades de atención de ganado vacuno, caballar, porcino y labores agrícolas.

Señala que, el 22 de noviembre de 2009, un grupo de cincuenta personas a la cabeza de Pedro Pérez, Quintín Ramírez, Celestino Marino y “otros”, avasallaron  su propiedad con armas de fuego, machetes y tractores, ingresando al interior del mismo procedieron a cortar el alambrado, quemando y arando los potreros, sin considerar el cultivo de pasto que había sembrado, tumbaron los arboles de las cortinas rompe vientos y chaquearon en su perjuicio; sin embargo, no es la primera vez que los demandados actúan de este modo, ya que desde hace cinco años, han buscado tomar posesión de una parte de su propiedad, situación que se puso en conocimiento del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), instancia que no actuó conforme a ley; en tal situación, recurrió ante el Ministerio Público y a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) y otras instancias, por los actos vandálicos que ocasionaron destrozos en su terreno; pero ante ninguna sanción a los avasalladores, estos continuaron con las mismas acciones delictivas, lo que generó la presentación de esta acción.